Panamá aprueba ley que eleva las penas por delitos sexuales, en respuesta al aumento de denuncias, especialmente de casos que involucran a menores de edad.
El gobierno de Panamá ha endurecido las penas por violencia sexual tras registrar un repunte en las denuncias de violaciones, especialmente a menores. El presidente José Raúl Mulino sancionó la Ley 474 del 24 de junio de 2025, que modifica el Código Penal y Procesal Penal.
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La ley ya está publicada en la Gaceta Oficial y establece sanciones más severas para distintos tipos de agresión sexual.
Castigos más severos para agresores
El acceso carnal con violencia ahora se castiga con entre 7 y 12 años de prisión, frente a los 5 a 10 años previos. Si el agresor es portador de VIH o enfermedades de transmisión sexual incurables, la condena sube de 15 a 20 años.
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Cuando la víctima es menor de 14 años, tiene discapacidad o no puede consentir, la pena será de 12 a 18 años. Y si la víctima tiene entre 14 y 18 años, el castigo será de 8 a 12 años, el doble de lo estipulado anteriormente.
Los actos libidinosos también aumentan su castigo de 2 a 4 años, a 4 a 8 años si existen agravantes como intimidación o relación cercana con la víctima.
Respuesta a una realidad alarmante
El Ministerio Público reportó un aumento del 12 % en denuncias de violación doblemente agravada entre enero y mayo de 2025. Aunque algunas cifras generales bajaron, las agresiones más graves crecieron.
La nueva normativa incluye además medidas para asegurar pruebas anticipadas en procesos judiciales, fortaleciendo así la respuesta penal frente a estos delitos.
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